Articulo 362
Competencia desleal.Todo acto o hecho contrario a la
buena fe
comercial o al normal y honrado desenvolvimiento de las
actividades mercantiles, se considerará de competencia
desleal
y, por lo tanto, injusto y prohibido.
Articulo 363
Actos desleales.Se declaran de competencia desleal,
entre
otros, los siguientes actos:
1o. Enga�ar o confundir al público en general o a personas determinadas, mediante:
a)El soborno de los empleados del cliente para confundirlo sobre los servicios o productos suministrados;
b)La utilización de falsas indicaciones acerca del origen o calidad de los productos o servicios, o la falsa mención de honores, premios o distinciones obtenidos por los mismos;
c)El empleo de los medios usuales de identificación para atribuir apariencia de genuinos a productos espurios o a la realización de cualquier falsificación, adulteración o imitación que persigan el mismo efecto;
d)La propagación de noticias falsas, que sean capaces de influir en el propósito del comprador, acerca de las causas que tiene el vendedor para ofrecer condiciones especiales, tales como anunciar ventas procedentes de liquidaciones, quiebras o concursos, sin existir realmente esas situaciones.
Las mercancías compradas en una quiebra, concurso o liquidación, sólo podrán ser revendidas con anuncio de aquella circunstancia.
Sólo pueden anunciarse como ventas de liquidación, aquellas que resulten de la conclusión de la empresa, del cierre de un establecimiento o sucursal o de la terminación de actividades en uno de los ramos del giro de la empresa en cuestión.
2o. Perjudicar directamente a otro comerciante, sin infringir deberes contractuales para con el mismo, mediante:
a)Uso indebido o imitación de nombres comerciales, emblemas, muestras, avisos, marcas, patentes u otros elementos de una empresa o de sus establecimientos;
b)Propagación de noticias capaces de desacreditar los productos o servicios de otra empresa;
c)Soborno de los empleados de otro comerciante para causarle perjuicios;
d)Obstaculización del acceso de la clientela al establecimiento de otro comerciante;
e)Comparación directa y pública de la calidad y los precios de las mercaderías o servicios propios, con los de otros comerciantes se�alados nominativamente o en forma que haga notoria la identidad.
3o. Perjudicar directamente a otro comerciante con infracción de contratos, como sucede:
a)Al utilizar el nombre o los servicios de quien se ha obligado a no dedicarse, por cierto tiempo, a una actividad o empresa determinada, si el contrato fue debidamente inscrito en el Registro Mercantil, correspondiente a la plaza o región en que deba surtir sus efectos;
b)Al aprovechar los servicios de quien ha roto su contrato de trabajo a invitación directa del comerciante que le dé nuevo empleo.
4o. Realizar cualesquiera otros actos similares, encaminados directa o indirectamente a desviar la clientela de otro comerciante.
Articulo 364
Acción de competencia desleal.La acción
de competencia desleal podrá
ser entablada en la vía ordinaria, por cualquier
perjudicado, la
asociación gremial respectiva o el Ministerio
Público.
Articulo 365
Efectos de la existencia de competencia desleal.La
resolución que declare la existencia de
actos de competencia desleal, dispondrá la
suspensión de dichos
actos, las medidas necesarias para impedir sus consecuencias y
para evitar su repetición y el resarcimiento de
daños y
perjuicios cuando sea procedente.
En caso de que se determine que los actos de competencia desleal se realizaron por dolo o culpa del infractor, el Tribunal podrá disponer la publicación de la sentencia por cuenta de aquél.
Articulo 366
Competencia desleal dolosa.Se presume dolosa, sin
admitir prueba en
contrario, la repetición de los mismos actos de
competencia
desleal, después de la sentencia firme que ordene su
suspensión.
Articulo 367
Providencias cautelares.Entablada la acción
de competencia desleal,
el juez podrá disponer las providencias cautelares que
juzgue
oportunas para proteger adecuadamente los derechos del
público
consumidor y de los competidores, siempre que el actor otorgue
la debida garantía. Dichas providencias pueden consistir
en la
incautación preventiva de la mercadería infractora,
la suspensión
de los actos que hayan dado lugar a la acción o el retorno
de las
cosas al estado que guardaban antes de la realización de
los
actos de competencia desleal.